Exoneración de deuda insatisfecha a uno de nuestros clientes aplicando la ley de la Segunda Oportunidad.


La exoneración del pasivo insatisfecho o EPI, es la cancelación de deudas tras el concurso de acreedores de personas físicas o Ley se segunda oportunidad. Tras la reforma concursal del 2022, la exoneración del pasivo insatisfecho, pasa de ser un beneficio (ante era el BEPI), a ser un derecho de todo deudor, que no pueda pagar sus deudas por encontrarse en situación de insolvencia. Tras el procedimiento concursal, el juez, dictará un Auto con el EPI, concediendo al deudor la cancelación de sus deudas, siempre que se cumplan unos requisitos y actúe de buena fe..
Y ésta es la prueba de que se puede conseguir. El juez ha exonerado el pasivo concursal de nuestro cliente abriendo una nueva bocanada de aire fresco ante la situación tan inquietante que estaba viviendo.