Los concursos de acreedores de personas físicas y autónomos se cuadruplican desde la pandemia

Alfredo Diaz Martinez • 22 de febrero de 2023

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El Registro de Economistas Forenses (REFOR) señala que en el intervalo de 2019, periodo preCovid, hasta el cierre de 2022, se han cuadruplicado el número de concursos de personas físicas y autónomos, con un crecimiento del 280% (de 2.544 en 2019 a 9.669 en 2022), frente al incremento mucho menos acusado de los concursos de empresas, algo menos del 18% (de 4.055 en 2019 a 4.755 en 2022).

El REFOR ha comentado los datos en la toma de posesión que ha tenido lugar este miércoles de los vocales del nuevo Consejo Directivo y el nuevo Consejo Asesor del REFOR. El nuevo órgano rector estará compuesto por el presidente, Miguel Romero (que venía siendo el vicepresidente en anteriores mandatos), los vicepresidentes, Alejandro Latorre y Bárbara Pitarque y once vocales representantes de distintos Colegios de Economistas y Titulares Mercantiles, administradores concursales de reconocido prestigio.
Tras la reciente aprobación de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre de reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC), ya se hayan incluido dos nuevas reformas al texto: por una parte, en el Proyecto de Ley del Servicio Público de Justicia (en el que se modifican 6 artículos del TRLC) y por otro lado, en el Anteproyecto de Ley de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (que modifica 4 artículos del TRLC). Asimismo, en esta nueva propuesta de reforma concursal 2023 se propone reducir el plazo para mantener la unidad productiva de 3 años a 2 años (artículo 224 bis del TRLC) para incentivar las ventas de unidades productivas, lo que consideran acertado desde el REFOR.

Durante la sesión también se ha expuesto una comparativa sobre la evolución concursal de 2019 a 2022, con diversos países de nuestro entorno (Alemania, Francia, Italia, Portugal y Reino Unido). Los expertos han puesto de manifiesto que, de todos estos países, España es el en el que más han aumentado los concursos de acreedores desde el año 2019, un 53,09%, por debajo tan solo de Reino Unido donde han aumentado casi un 75% (74,92%). No obstante, según han apuntado, en términos absolutos, España muestra en 2022 un número de concursos de empresas muy inferior al resto de países analizados (5.248, frente a los 42.500 de Francia o los 14.700 de Alemania). Tan solo Portugal, con 2.202, muestra un número de concursos inferior al nuestro.

Asimismo, de los países analizados, en 2022, (con respecto a 2021), la mayoría han experimentado crecimientos concursales, aunque con distinta intensidad: España un 11,33%, Francia casi un 50%; Reino Unido un 57% y Alemania un 2,8%. Disminuyen en Italia, un 30% y en Portugal, un 38%.

El nuevo presidente del REFOR, Miguel Romero, se ha referido durante su intervención a la propuesta de Directiva de Insolvencia de diciembre 2022, que podría aprobarse hacia mayo 2023 y que, según ha manifestado "destaca por una mayor inclusión de la exención del crédito público para microempresas y emprendedores, y una regulación más detallada para ambos casos, así como mayor impulso y desarrollo del denominado pre-pack concursal para la preparación de la venta de unidad productiva del deudor en insolvencia durante la fase pre-concursal". "Tanto los proyectos legislativos que se están preparando como la propia trasposición de la Directiva van a traer cambios en la Ley concursal, por lo que habrá que estar muy pendientes", concluyó Romero.

FUENTE: El Economista.
Por Alfredo Diaz Martinez 26 de septiembre de 2025
En el complejo mundo de las obligaciones fiscales, un simple error, una omisión o una interpretación diferente de la normativa por parte del contribuyente pueden desencadenar un temido procedimiento sancionador. Toda relación entre la Administración Tributaria y el obligado fiscal está regida por normas estrictas que buscan garantizar el cumplimiento de la ley. Es aquí donde entra en juego el reglamento sancionador tributario, una pieza clave de nuestro ordenamiento jurídico. Para Legal SVL, un bufete con amplia experiencia en Derecho Fiscal y Concursal, conocer este reglamento no es solo una cuestión de curiosidad legal, sino una necesidad imperiosa para cualquier persona o empresa que busque proteger su patrimonio. Desde nuestro despacho en Sevilla, le ofrecemos una guía esencial para entender esta normativa y cómo debe actuar si recibe una notificación de la Agencia Tributaria. El marco legal: Ley y reglamento El ejercicio de la potestad sancionadora por parte de la Agencia Tributaria (AEAT) no es una acción arbitraria; está sujeto de manera estricta al principio de legalidad y tipicidad. La normativa esencial que rige esta materia es la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT), que en su Título IV tipifica las infracciones y fija el rango de las sanciones aplicables. Puede consultar el texto consolidado de la Ley en el BOE 58/2003. Sin embargo, para la regulación detallada del procedimiento y la aplicación práctica, debemos acudir al Real Decreto 2063/2004, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general del régimen sancionador tributario (RGRST). Este reglamento sancionador tributario establece aspectos fundamentales como: Los criterios de graduación de las sanciones: Factores como la ocultación de datos, la utilización de medios fraudulentos o el incumplimiento sustancial de las obligaciones. Los requisitos formales para la iniciación, instrucción y resolución del expediente. Los mecanismos de reducción de multas por conformidad con la propuesta o por el pronto pago. Clasificación de infracciones y tipos de sanciones La LGT clasifica las infracciones tributarias en tres grandes categorías, dependiendo de la naturaleza del incumplimiento y del perjuicio económico causado a la Hacienda Pública: Leves: Por lo general, son incumplimientos de obligaciones formales, como la no presentación de una declaración informativa sin perjuicio económico o presentarla fuera del plazo legal, pero sin requerimiento previo. Graves y Muy Graves: Implican un mayor daño a la Hacienda Pública, como la omisión o falseamiento de datos que resulten en la falta de ingreso de la deuda (cuotas no declaradas) o la utilización de facturas, justificantes o documentos falsos o falseados. En cuanto a las sanciones, pueden ser de dos tipos: Pecuniarias: Multas, que pueden ser fijas (una cantidad concreta) o proporcionales (un porcentaje aplicado sobre la base de la sanción). No Pecuniarias: Menos comunes, pero graves, como la prohibición de obtener subvenciones públicas, la pérdida del derecho a aplicar determinados beneficios fiscales o la suspensión del ejercicio de actividades profesionales. La tramitación: separada y con plazos estrictos El procedimiento para imponer una sanción se tramita, por regla general, de forma separada e independiente del procedimiento de liquidación de la deuda, salvo que el contribuyente renuncie expresamente a esta separación para que ambos se tramiten conjuntamente. Esta separación garantiza el derecho de defensa, permitiendo discutir por separado la deuda y la infracción. El procedimiento se inicia mediante un acuerdo notificado por el órgano competente, que debe contener: Una descripción clara de los hechos que se consideran constitutivos de infracción. La calificación jurídica de la infracción y la sanción propuesta. La puesta de manifiesto del expediente, concediendo un plazo (generalmente de 15 días) para que el interesado pueda presentar alegaciones y pruebas. El plazo máximo para resolver el expediente sancionador es de seis meses desde la fecha de notificación del acuerdo de inicio. Si transcurre este plazo sin que se haya notificado la resolución, se produce la caducidad del procedimiento, con el consecuente archivo de las actuaciones y sin que la Administración pueda volver a incoar el expediente por los mismos hechos. Sanciones y deudas: La ley de segunda oportunidad en Sevilla Lamentablemente, en muchas ocasiones, la acumulación de deudas con la Agencia Tributaria, ya sean por cuotas impagadas, intereses de demora o las duras multas impuestas al amparo del reglamento sancionador tributario, se convierte en una losa insoportable. Este colapso financiero es especialmente frecuente entre autónomos y pequeñas empresas. Cuando esta situación lleva a una insolvencia generalizada, la vía de la Ley de la Segunda Oportunidad (LSO) se presenta como el mecanismo legal más efectivo para el deudor de buena fe. Para muchos emprendedores o particulares en Andalucía que se ven ahogados por el sobreendeudamiento, encontrar una salida a esta asfixia fiscal y financiera es su única esperanza. Es aquí donde la especialización en la ley segunda oportunidad sevilla y el asesoramiento de abogados ley segunda oportunidad sevilla se vuelve indispensable. Un equipo legal especializado no solo es crucial para articular una defensa sólida frente a una sanción tributaria, sino que también ofrece una solución integral si el volumen total de las deudas (incluidas las públicas, con las limitaciones legales pertinentes) supera sus posibilidades de pago. Aplicar la LSO permite cancelar una parte significativa de las deudas, permitiendo un verdadero “borrón y cuenta nueva” al amparo de la Ley Concursal. Legal SVL: Asesoría experta en derecho tributario y concursal El reglamento sancionador tributario es una normativa estricta, pero siempre ofrece vías de defensa, alegación y mitigación de las sanciones. Si se enfrenta a un procedimiento sancionador de Hacienda, o si sus deudas fiscales han comprometido gravemente su situación económica, la clave es actuar con rapidez y contar con el mejor asesoramiento legal. En Legal SVL estamos preparados para defender sus derechos ante la Administración o guiarle a través del proceso de la Segunda Oportunidad. No afronte solo las dificultades con Hacienda. CONTACTA CON LEGAL SVL HOY
Por Alfredo Diaz Martinez 16 de julio de 2025
La juez de la Administración de Justicia publica la extinción de la deuda de nuestro cliente y la exoneración de toda su deuda pudiendo rehacer su vida sin el agobio económico que suponía.
Por Alfredo Diaz Martinez 23 de diciembre de 2024
Para los clientes y amigos de Legal SVL y Mundokasa, deseamos una Feliz Navidad y entrada de año.
Por Alfredo Diaz Martinez 18 de diciembre de 2024
Felicidades a Sergio García Núñez por este merecido reconocimiento por sus veinticinco años como colegiado. Celebrar un hito así en un lugar tan emblemático como el paraninfo de la Universidad de Sevilla hace que sea aún más especial. Es un testimonio de su dedicación y compromiso en el ámbito legal. Sin duda, un momento memorable tanto para él como para nuestro despacho, Legal SVL, S.L.
Por Alfredo Diaz Martinez 14 de noviembre de 2024
¡Qué gran noticia! Es maravilloso saber que el juzgado ha dictado sentencia a favor de nuestra clienta y que ha podido liberarse de esa carga financiera. La tranquilidad que se siente al eliminar las llamadas de acreedores y la ansiedad que eso genera es invaluable. Comenzar de nuevo con la posibilidad de acceder a una tarjeta de crédito es un paso significativo hacia la reconstrucción de su vida financiera. Sin duda, esto le dará la confianza y la motivación necesarias para seguir adelante. ¡Es un nuevo comienzo lleno de oportunidades! Si estás en una situación parecida, llámanos te explicaremos y asesoraremos de forma gratuita. Teléfono 955.27.28.00 o mensaje de Whatsapp al 617.27.30.50 La solución al problema es más barato de lo que crees.
Por Alfredo Diaz Martinez 9 de octubre de 2024
¡Eso es increíble! Conseguimos la exoneración de 1.230.000 €(UN MILLON DOSCIENTOS TREINTA MIL EUROS). Lograr una exoneración de deudas tan significativa es un gran logro y, sin duda, un cambio de vida para nuestro cliente. Poder eliminar una carga financiera tan grande permite a las personas volver a soñar y planificar su futuro sin el peso de las deudas. Es maravilloso ver cómo nuestro trabajo puede impactar positivamente en la vida de los demás. Y la placentera sensación que sentimos al llamar para comunicarle la noticia ¿Cómo crees que se siente el cliente al respecto?
Por Alfredo Diaz Martinez 3 de octubre de 2024
Por un cobro indebido de la entidad bancaria, hicimos ésta reclamación judicial que finalmente hemos ganado por el importe total cobrado más los intereses legales correspondientes desde el primer día. Estamos acosados continuamente por estafas, engaños y cobros indebidos en el amparo anónimo de entidades impersonales, pero si ves algo raro o no estás conforme con una operación bancaria, lo mejor es estudiarlo y denunciar, es la única forma de solucionarlo. Estamos especializados en solucionar problemas de éste tipo recuperando para nuestros clientes el dinero que les corresponde. Si estás en una situación semejante no dudes en ponerte en contacto con nosotros, estudiaremos tu caso y te explicamos la situación y como actuaremos. Telf.- 955.27.28.00 Avenida San Francisco Javier, 9, 2ª planta, mod.5-6 (Edificio Sevilla 2) Sevilla
Por Alfredo Diaz Martinez 16 de septiembre de 2024
Nuestro cliente se presentó en nuestro despacho de Sevilla, en el barrio de Nervión, con la cita previamente acordada, con la lógica angustia de la situación de verte superado por las deudas contraídas durante un tiempo sin poder hacer frente a su pago. Hablamos de la deuda, de los deudores y como se podía solucionar el tema, dándole todas las indicaciones de los pasos a seguir, todo lo que nosotros hacemos y cómo lo hacemos dejándole claro todo el proceso estando en continua comunicación con él. Al final hemos terminado el proceso consiguiendo la exoneración o el perdón de la deuda que ascendía a unos 20.000 € aproximadamente. El cliente comienza una nueva vida sin deudas arrancando su situación con más fuerza y entusiasmo que nunca. Si vives una circunstancia parecida, no dejes que tus deudas te aplasten y llámanos para empezar de nuevo con una segunda oportunidad. Teléfono 955.27.28.00
Por Alfredo Diaz Martinez 5 de diciembre de 2023
De nuevo tenemos hoy las mejores noticias, y no paran de llegar, otro cliente que conseguimos que le perdonen todas sus deudas. Somos el mejor despacho de abogados de Sevilla en eliminación de deudas con la Ley de la Segunda Oportunidad. ¡¡ La mayor exoneración conseguida por un despacho de abogados en Sevilla.!! Esta nueva exoneración, conseguida una vez más gracias al mecanismo legal de la Ley de la Segunda Oportunidad, supone que Legal SVL se alce como primer despacho en Sevilla consiguiendo eliminaciones de deudas. Gracias a Legal SVL y al mecanismo legal de la Ley de la Segunda Oportunidad, una nueva familia española puede tener una merecida segunda oportunidad en sus vidas. En este caso en concreto, se trata de una familia establecida en una localidad próxima a Sevilla, que ha visto exonerada su deuda por valor de casi 2.000.000 de euros que arrastraba desde hace un tiempo y no conseguían tener una vida normal y plena. De igual forma que en tantas otras ocasiones, este cliente acudió a nuestro despacho en una situación de desesperación por el constante acoso que recibía por parte de los acreedores ante la imposibilidad de hacer frente a sus deudas. Se estudió su situación, y a la vista del volumen de deudas que tenía le recomendamos acogerse a la ley de segunda oportunidad, ya que cumplía todos los requisitos de la Ley de Segunda Oportunidad para hacerlo. ¿Cómo me pongo en contacto con Legal SVL? Acompañamos desde el principio hasta el final del proceso a todos nuestro clientes, para que ellos no tengan que preocuparse por nada, que todas las personas de este mundo tienen derecho a empezar de nuevo sus vidas sin soportar problemas económicos de su pasado. Si tú eres una de esas personas que buscas una solución legal a tus problemas económicos no dudes en ponerte en contacto con nosotros a través del correo electrónico info@legalsvl.es , a través del formulario de contacto de ésta página o en el teléfono 955.27.28.00 de nuestra oficina de Sevilla. Porque con la Ley de la Segunda Oportunidad, el mecanismo legal más rápido y eficaz para que las personas que se han endeudado puedan encontrar la solución a sus problemas, tú, al igual que esta familia de Sevilla, también tienes derecho a disfrutar de una merecida y necesaria segunda oportunidad.
Por Alfredo Diaz Martinez 8 de septiembre de 2023
Eliminamos una deuda de más de 253.000 € a un empresario sevillano a través de la ley de la segunda oportunidad.  Si estás interesado en que te informemos de los pasos a seguir y comenzar una nueva vida financiera, llámanos sin compromiso al 955.27.28.00 o al mail info@legalsvl.es